El discurso de género como estrategia de imposición ideológica
Fotografía: Rafael de J. Araujo González. 2018 |
En esta ocasión hago un análisis libre sobre el
colonialismo ideológico que implica la política de género como bandera
esgrimida desde la lucha de grupos feministas occidentales en torno a pautas de
conducta en culturas cuya visión del mundo es distinta. Para esta ocasión el
texto de Karina Bidaseca: “«Mujeres blancas buscando salvar mujeres color café»
Desigualdad, colonialismo y feminismo postcolonial” será la fuente utilizada
para la argumentación de las ideas a desarrollar, especialmente para demostrar
que el discurso de género es utilizado para imponer prácticas culturales sin un
sentido ético y con ausencia sobre el respeto a las diferencias culturales.
El concepto género se sustenta en el reconocimiento a la
diferencia en la lucha por la igualdad. Teóricamente, el enfoque social del
género se relaciona con la lucha contra la discriminación y a favor de la
igualdad social, como lo ha dejado señalado Joan W. Scott cuando afirma:
En su acepción más reciente, “género” parece haber
aparecido primeramente entre las feministas americanas que deseaban insistir en
la cualidad fundamentalmente social de las distinciones basadas en el sexo. La
palabra denotaba rechazo al determinismo biológico implícito en el empleo de
términos tales como “sexo” o “diferencia sexual”. “Género” resalta también los
aspectos relacionales de las definiciones normativas de la feminidad.
El tinte social del género conlleva al planteamiento de
diversos aspectos culturales construidos en el grupo, en la comunidad o en la
nación donde se desee observar las concepciones sobre lo que significa el ser
mujer u hombre, así lo explica Marta Lamas:
…el conjunto de creencias, prescripciones y atribuciones
que se construyen socialmente tomando a la diferencia sexual como base. Esta
construcción social funciona como una especie de "filtro" cultural
con el cual se interpreta al mundo, y también como una especie de armadura con
la que se constriñen las decisiones y oportunidades de las personas dependiendo
de si tienen cuerpo de mujer o cuerpo de hombre.
Estos dos aspectos: la lucha por el reconocimiento de los
derechos de las mujeres y los aspectos culturales del género se han desvirtuado
en casos como el que analiza Karina Bideseca al estudiar un hecho delictivo
para el pensamiento occidental pues la interpretación del hecho legal estuvo
sujeto a factores culturales ajenos al acto juzgado, desde dos ángulos: por un
lado, la interpretación de una norma desde una perspectiva occidental
relacionada con la edad, el matrimonio y las prácticas sexuales socialmente
aceptadas; además del uso del hecho para imponer una visión sesgada por un
grupo de mujeres académicas que se impusieron sobre la visión de mujeres
pertenecientes a otro tipo de grupo social y de otra cultura.
En este sentido, el juicio por violación y el
encarcelamiento de un hombre como resultado de una práctica socialmente
aceptada por una cultura distinta a la occidental abre la puerta para una
reflexión en torno a lo que es el género en las políticas públicas que aplica
el Estado. Enmarcarlas exclusivamente como una lucha contra la dominación
patriarcal deja fuera de contexto lo que ello implica, una lucha contra la
discriminación que, al final de cuentas, forman parte de las relaciones
hombre/mujer a lo largo de la historia humana.
En el texto de Bidaseca ella deja muy claramente
identificado cómo fue sometida la visión de las mujeres cafés, de la comunidad
wichí Lapo Mochó de Argentina, a través
del uso de los derechos de género en un caso legal que afectó los
derechos de estas mujeres y de toda la “comunidad” en su conjunto ya que, como
bien afirma Bidaseca, la visión de las mujeres fue aplicada por un hombre.
Esta situación lleva a preguntar sobre lo que tienen de
semejantes las mujeres de cualquier color o raza en torno a sus derechos. Desde
el caso de estudio presentado por Karina Bidaseca puedo apuntar, a manera de
conclusión varios aspectos:
1. El
caso wichí Lapo Mochó demuestra que las mujeres sufren discriminación entre
mujeres por cuestiones culturales, por la ausencia en el respeto a las visiones
del mundo distintas a las dominantes y políticamente correctas. En este
sentido, las mujeres sufren discriminación entre mujeres, discriminación por
parte de la interpretación culturalmente equivocada de las normas y por
diferencias en cuanto el estatus social.
2. El
tema de género, en este caso confirma que todas las mujeres son susceptibles de
ser discriminadas y sometidas por supuestos jurídicos moralmente aceptados pero
culturalmente mal interpretados, que incluso los hombres sufren estas
consecuencias.
3. Personalmente
considero que el género y el color de piel es una categoría secundaria cuando
se habla de discriminación y sometimiento. Por esta razón el tema debe ser
abordado desde una perspectiva más amplia como lo recomienda Scott cuando
escribe sobre el género como la base sobre la cual se construyen las relaciones
sociales, señalando la existencia de cuatro elementos relacionados con el
género: los símbolos culturales, las normas, instituciones y, por último, la
identidad subjetiva.
4. La
discriminación social está, pues, sujeta a interpretaciones culturales que se
construyen a partir de la matriz del género (como base de las relaciones hombre-mujer)
5. Las
mujeres y los hombres son susceptibles de discriminación y sometimiento a pesar
de las tendencias políticamente correctas sobre la equidad de género, la
inclusión social y la justicia.
Fuentes consultadas
Bidaseca,
Karina, “«Mujeres blancas buscando salvar mujeres color café» Desigualdad,
colonialismo y feminismo postcolonial” (Documento PDF)
Lamas,
Marta, “El género es cultura” Portugal, V Campus Euroamericano de Cooperación
Cultural, 2007. Pp. 1-12
Scott,
Joan W., “El género: una categoría útil para el análisis histórico”, en Lamas,
Marta (compiladora), El género: la construcción cultural de la diferencia
sexual, México, PUEG, 1996, Pp. 265-302.
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