El discurso de género como estrategia de imposición ideológica


Fotografía: Rafael de J. Araujo González. 2018

En esta ocasión hago un análisis libre sobre el colonialismo ideológico que implica la política de género como bandera esgrimida desde la lucha de grupos feministas occidentales en torno a pautas de conducta en culturas cuya visión del mundo es distinta. Para esta ocasión el texto de Karina Bidaseca: “«Mujeres blancas buscando salvar mujeres color café» Desigualdad, colonialismo y feminismo postcolonial” será la fuente utilizada para la argumentación de las ideas a desarrollar, especialmente para demostrar que el discurso de género es utilizado para imponer prácticas culturales sin un sentido ético y con ausencia sobre el respeto a las diferencias culturales.

 

El concepto género se sustenta en el reconocimiento a la diferencia en la lucha por la igualdad. Teóricamente, el enfoque social del género se relaciona con la lucha contra la discriminación y a favor de la igualdad social, como lo ha dejado señalado Joan W. Scott cuando afirma:

En su acepción más reciente, “género” parece haber aparecido primeramente entre las feministas americanas que deseaban insistir en la cualidad fundamentalmente social de las distinciones basadas en el sexo. La palabra denotaba rechazo al determinismo biológico implícito en el empleo de términos tales como “sexo” o “diferencia sexual”. “Género” resalta también los aspectos relacionales de las definiciones normativas de la feminidad.

El tinte social del género conlleva al planteamiento de diversos aspectos culturales construidos en el grupo, en la comunidad o en la nación donde se desee observar las concepciones sobre lo que significa el ser mujer u hombre, así lo explica Marta Lamas:

…el conjunto de creencias, prescripciones y atribuciones que se construyen socialmente tomando a la diferencia sexual como base. Esta construcción social funciona como una especie de "filtro" cultural con el cual se interpreta al mundo, y también como una especie de armadura con la que se constriñen las decisiones y oportunidades de las personas dependiendo de si tienen cuerpo de mujer o cuerpo de hombre.

Estos dos aspectos: la lucha por el reconocimiento de los derechos de las mujeres y los aspectos culturales del género se han desvirtuado en casos como el que analiza Karina Bideseca al estudiar un hecho delictivo para el pensamiento occidental pues la interpretación del hecho legal estuvo sujeto a factores culturales ajenos al acto juzgado, desde dos ángulos: por un lado, la interpretación de una norma desde una perspectiva occidental relacionada con la edad, el matrimonio y las prácticas sexuales socialmente aceptadas; además del uso del hecho para imponer una visión sesgada por un grupo de mujeres académicas que se impusieron sobre la visión de mujeres pertenecientes a otro tipo de grupo social y de otra cultura.

En este sentido, el juicio por violación y el encarcelamiento de un hombre como resultado de una práctica socialmente aceptada por una cultura distinta a la occidental abre la puerta para una reflexión en torno a lo que es el género en las políticas públicas que aplica el Estado. Enmarcarlas exclusivamente como una lucha contra la dominación patriarcal deja fuera de contexto lo que ello implica, una lucha contra la discriminación que, al final de cuentas, forman parte de las relaciones hombre/mujer a lo largo de la historia humana.

En el texto de Bidaseca ella deja muy claramente identificado cómo fue sometida la visión de las mujeres cafés, de la comunidad wichí Lapo Mochó de Argentina, a través  del uso de los derechos de género en un caso legal que afectó los derechos de estas mujeres y de toda la “comunidad” en su conjunto ya que, como bien afirma Bidaseca, la visión de las mujeres fue aplicada por un hombre.

Esta situación lleva a preguntar sobre lo que tienen de semejantes las mujeres de cualquier color o raza en torno a sus derechos. Desde el caso de estudio presentado por Karina Bidaseca puedo apuntar, a manera de conclusión varios aspectos:



1.    El caso wichí Lapo Mochó demuestra que las mujeres sufren discriminación entre mujeres por cuestiones culturales, por la ausencia en el respeto a las visiones del mundo distintas a las dominantes y políticamente correctas. En este sentido, las mujeres sufren discriminación entre mujeres, discriminación por parte de la interpretación culturalmente equivocada de las normas y por diferencias en cuanto el estatus social.

2.    El tema de género, en este caso confirma que todas las mujeres son susceptibles de ser discriminadas y sometidas por supuestos jurídicos moralmente aceptados pero culturalmente mal interpretados, que incluso los hombres sufren estas consecuencias.

3.    Personalmente considero que el género y el color de piel es una categoría secundaria cuando se habla de discriminación y sometimiento. Por esta razón el tema debe ser abordado desde una perspectiva más amplia como lo recomienda Scott cuando escribe sobre el género como la base sobre la cual se construyen las relaciones sociales, señalando la existencia de cuatro elementos relacionados con el género: los símbolos culturales, las normas, instituciones y, por último, la identidad subjetiva.

4.    La discriminación social está, pues, sujeta a interpretaciones culturales que se construyen a partir de la matriz del género (como base de las relaciones hombre-mujer)

5.    Las mujeres y los hombres son susceptibles de discriminación y sometimiento a pesar de las tendencias políticamente correctas sobre la equidad de género, la inclusión social y la justicia.

Fuentes consultadas

Bidaseca, Karina, “«Mujeres blancas buscando salvar mujeres color café» Desigualdad, colonialismo y feminismo postcolonial” (Documento PDF)

Lamas, Marta, “El género es cultura” Portugal, V Campus Euroamericano de Cooperación Cultural, 2007. Pp. 1-12

Scott, Joan W., “El género: una categoría útil para el análisis histórico”, en Lamas, Marta (compiladora), El género: la construcción cultural de la diferencia sexual, México, PUEG, 1996, Pp. 265-302.


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